Foto del Dr. Manuel Rodriguez

Foto del Dr. Manuel Rodriguez
Ceremonia de graduación de doctorado del Dr. Manuel Rodriguez Rodriguez

VI: PLATAFORMA PROGRAMATICA (4)

6.4. PRIORIDADES PARA LOS DOCENTES DE EDUCACION SUPERIOR.
Respeto al fuero de los Educadores Profesionales que laboran en Educación Superior.
Elaboración y propuestas legislativas que garanticen la autonomía institucional en lo académico y administrativo, la recategorización docente; el gobierno democrático en la gestión y elección, la participación estudiantil en el mismo; su articulación con la educación superior universitaria, y su pertenencia a través de una participación institucional en la formulación de las políticas educativas y de desarrollo tecnológico en el país y las regiones.
Coordinación institucional permanente con las facultades de Educación para la formulación de políticas en formación de inicio (inicial) y continúa de los docentes y de políticas educativas públicas.
6.5. PRIORIDADES PARA LOS DOCENTES QUE LABORAN EN EL SECTOR PRIVADO.
Pago de remuneraciones no menor al de las instituciones del Estado.
Defensa del fuero profesional exigiendo que las instituciones educativas privadas deben contratar y nombrar a educadores profesionales en cargos jerárquicos y/o docentes.
Estimular y orientar la organización asociativa de los docentes de II. EE. Privadas, de modo que la unidad corporativa sea garantía de estabilidad y desarrollo profesional institucional.
Impulsar el escalafón en cada I. E. Privada, mejorando la Ley 24029 y su modificatoria 25212.
Propugnar una cobertura de un “Programa Social Magisterial”, a partir de las instituciones existentes o de nuevas organizaciones patrocinadas por el CPPe, incluyendo como afiliados a los docentes que laboren en las II. EE. Privadas.
Propiciar las remuneraciones mínimas para docentes de Colegios Privados, partiendo de la evaluación del presupuesto global anual que asignan las promotorias.
6.6. PRIORIDADES PARA LOS DOCENTES CESANTES Y JUBILADOS.
Consideración de los educadores profesionales cuyas experiencias y conocimientos deben de ser reconocidos por el MED y el Estado dado su esfuerzo en beneficio de la educación y la formación docente.
Uso de la iniciativa legislativa con la finalidad de establecer el derecho a la nivelación de pensiones de los maestros cesantes, particularmente cuando las pensiones son menores a la mitad de la UIT.
Extensión de los beneficios otorgados al magisterio activo, cesantes y jubilados, tomando también como cobertura las ejecutorias jurídicas que establecen precedentes.
Promover la creación de servicios múltiples ligados al desarrollo profesional que permitan el acceso de los docentes cesantea y jubilados.